Plazo para que empleadores paguen la prima de servicios es el 30 de junio
La prima de servicios de mitad de año debe pagarse en Colombia antes del 30 de junio y se liquida de forma proporcional al tiempo laborado.
La prima de servicios de mitad de año debe pagarse en Colombia antes del 30 de junio y se liquida de forma proporcional al tiempo laborado.
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Con el vencimiento del plazo acercándose, las autoridades laborales recomiendan a los trabajadores verificar que el pago sea realizado oportunamente y conservar los soportes de consignación o desprendibles de nómina que acrediten el cumplimiento de esta obligación por parte de los empleadores.
La cuenta regresiva para el pago de la prima de servicios ya está en marcha. Empresas y empleadores en Colombia tendrán plazo hasta el próximo 30 de junio para consignar la primera cuota de esta prestación social, un derecho laboral que beneficia a millones de trabajadores y que representa un ingreso adicional clave para los gastos de mitad de año.
La prima de servicios, regulada por la Ley 1788 de 2016, equivale a 30 días de salario por cada año laborado y se cancela en dos pagos: uno antes del 30 de junio y otro durante diciembre. El beneficio también cobija a quienes no han completado un año de trabajo, pues el valor se liquida de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado.
El pago de esta prestación adquiere especial relevancia en una época marcada por las vacaciones escolares, la temporada turística de mitad de año y el aumento de los gastos familiares. Por ello, expertos recuerdan que se trata de una obligación legal cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones para los empleadores.
Luis Fernando Moreno Sánchez, director de la Especialización en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Católica de Colombia, explicó que la legislación estableció que la prima debe reconocerse de manera proporcional al tiempo trabajado, incluso cuando el contrato laboral termina antes de completar el año.
“El reconocimiento debía ser proporcional al tiempo laborado, incluso al momento de la terminación del contrato, además, no resultaba razonable imponer restricciones temporales a su pago, pues ello desconocía el principio de igualdad de oportunidades”, señaló el académico.
¿Cómo se calcula la prima?
La fórmula para liquidar la prima de servicios toma como base el salario mensual del trabajador y el número de días laborados durante el semestre. El cálculo consiste en multiplicar el salario por los días trabajados y dividir el resultado entre 360.
Por ejemplo, un trabajador que devenga el salario mínimo y ha laborado desde el 1 de enero hasta el 30 de junio recibirá aproximadamente medio salario mensual como prima correspondiente al primer semestre del año.
En contraste, una persona que inició labores el 1 de mayo y acumuló cerca de 60 días trabajados recibirá una suma proporcional cercana a los 333.000 pesos.
Para quienes laboran por días, la liquidación también se realiza de manera proporcional, teniendo en cuenta el valor del día trabajado, la cantidad de jornadas realizadas y el tiempo laborado durante el semestre.
La prima de servicios es considerada una prestación social de carácter obligatorio e irrenunciable. Su propósito es que los trabajadores participen en los beneficios económicos generados por la actividad productiva de las empresas.