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Procurador de Barrancabermeja sancionó alcaldesa por irregularidades en contrato de vías públicas en el Sur de Bolívar

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Por irregularidades en la contratación de una obra vial y de saneamiento básico e intervención en cuerpos de agua por $ 3.271’028.032, la Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra la alcaldesa de Cantagallo, Bolívar, Herlides Arango Espalza (2016-2019).

Al parecer, la entonces ordenadora del gasto habría celebrado el negocio jurídico con el Consorcio Box Coulvert 2019 con el objeto de construir una caja que permite el paso de una fuente de agua poco caudalosa y una vía urbana en concreto rígido en el barrio San Martín, sin contar previamente, con la autorización para contratar de parte del concejo municipal.

De acuerdo con un documento generado por la Procuraduría Provincial de Instrucción de Barrancabermeja, con esta posible actuación Arango Espalza, pudo infringir el Acuerdo Municipal 001 del 22 de febrero de 2019 que establece que entre los contratos que requieren ser autorizados por la citada entidad para su suscripción, están los relacionados con saneamiento básico e intervención de cuerpos de agua, por su cuantía, como en este caso, superior a 500 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, así como por su impacto ambiental.

El ente de control recordó que “el principio de economía establece que las autorizaciones y aprobaciones para contratar, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato (…)”.

El auto de la Procuraduría Provincial de Instrucción de Barrancabermeja también señaló que la entonces mandataria pudo haber incumplido sus deberes y vulnerado, entre otros, los principios de la contratación estatal, sin que obre en el expediente hasta este momento procesal, justificación alguna a su favor.

Provisionalmente, la entidad calificó la supuesta conducta de la investigada como gravísima a título de culpa grave, por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común le imprime a sus actuaciones.

Por último, puntualizó que los sujetos procesales podrán presentar descargos y/o solicitar o aportar las pruebas que consideren necesarias para la defensa durante la etapa de juzgamiento.

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