Resumen
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)La Procuraduría General de la Nación ordenó mediante auto del 16 de febrero de 2024 iniciar investigación disciplinaria en contra de Julián Eduardo Rubio Zapata, en calidad de personero municipal de Málaga, Santander, por no atender oportunamente el trámite de una queja presentada por persona desconocida vía email el 17 de junio de 2020 y remitido con posterioridad a la Procuraduría Provincial de Bucaramanga con auto del 27 de junio de 2020, y recibido en su despacho el 4 de septiembre de 2020.
La queja fue presentada el 23 de junio de 2020 contra el alcalde de Málaga, Santander, la secretaria de Desarrollo Social y Económico y el contratista de la Corporación Chitara, por presuntas irregularidades en el proceso de un contrato bajo el número MC-015-2000 cuyo objeto fue: “Apoyo al fomento de las actividades culturales y folclóricas con artistas en estado de vulnerabilidad para acompañar a la comunidad afectada por la emergencia sanitaria por el COVID 19", la cual fue enviada vía email el 17 de junio de 2020.
La Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Ocaña declaró probado el cargo formulado al disciplinado en el fallo disciplinario de primera instancia, a Julián Eduardo Rubio Zapata, en calidad de expersonero municipal de Málaga, Santander, para la época de los hechos que fueron materia de investigación, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de esta providencia.
Sí para el momento de la ejecutoria del presente fallo o durante la ejecución del mismo, el sancionado ha cesado en sus funciones en el cargo como personero del municipio, es decir, que no fuera posible ejecutar la sanción de suspensión por el término de cuatro meses, se hará la respectiva conversión del término de suspensión o el que faltare, según el caso, en salarios de acuerdo al monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta.