Resumen
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada de Colombia advierte sobre una estafa por falsas sanciones a contrataciones ilegales de seguridad privada en conjuntos residenciales, pidiendo un pago de hasta 39 millones de pesos.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada lanza una alerta preventiva a los diferentes conjuntos residenciales en el país, sobre una modalidad de estafa conocida por la entidad.
Esta acción ilícita consiste en una comunicación que se envía de manera escrita a los conjuntos residenciales en la cual le mencionan que producto de una visita de inspección se detectó que la modalidad de contratación del servicio de vigilancia y seguridad privada es ilegal, y debido a esto cursa una sanción vigente que oscila alrededor de los 30 salarios mínimos legales vigentes (cifra cercana a los 39 millones de pesos), razón por la cual cuentan con tres (3) días hábiles para realizar la contratación con una empresa legal, y en caso tal de no hacerlo, se hará efectiva esta sanción. De igual manera esta información es reiterada a través de llamadas telefónicas desde el número 3222652605.
Con el fin de que las administraciones y consejos de administración de los conjuntos estén atentos al tema, compartimos el modelo de comunicación que está siendo enviado:
En esta comunicación se observa que el logo no corresponde a la imagen actual de la entidad, el número no es el consecutivo manejado por la Supervigilancia y la persona que firma la comunicación no hace parte de la entidad.
Es clave que las unidades residenciales tengan en cuenta esta información para que no sean víctimas de esta modalidad delictiva y que informen a las autoridades en caso de ser contactados.
También es importante anotar que las visitas de inspección realizadas por la Supervigilancia siguen un protocolo riguroso y sobre cualquier duda frente a este proceso, pueden comunicarse de manera directa con los canales de atención oficiales de la entidad:
Desde la Supervigilancia se reitera el llamado tanto al sector de la vigilancia y seguridad privada como a los contratantes a tener en cuenta que la prestación de cualquier servicio de vigilancia y seguridad privada en Colombia debe ceñirse de manera estricta a lo dispuesto en el Decreto Ley 356 de 1994 – Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada.