Suspendieron extracción minera irregular en el río Guayabito
Resumen
La CAS suspendió actividades mineras ilegales en el río Guayabito, Cimitarra, por falta de permisos. Se inició un proceso sancionatorio contra la alcaldía por extraer material de un área protegida sin autorización. La medida busca proteger ecosistemas y recursos hídricos.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
La Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) ordenó la suspensión inmediata de actividades mineras ilegales en el río Guayabito, vereda La Pérdida del municipio de Cimitarra, tras constatar que no contaban con los permisos ambientales requeridos. La entidad también inició un proceso sancionatorio contra la administración municipal por permitir la extracción de material sin autorización en una zona de especial protección ambiental.
Durante una visita técnica, funcionarios de la CAS y de la Policía Nacional observaron maquinaria amarilla y un vehículo tipo volqueta realizando extracción de arena y piedra en el cauce del río. Los operarios aseguraron estar bajo instrucciones de un funcionario de la Alcaldía de Cimitarra. En el sitio se encontró un volumen aproximado de cuatro metros cúbicos de material extraído.
La CAS comprobó que el predio no tiene licencia ambiental ni título minero emitido por la Agencia Nacional de Minería (ANM). Tampoco figura como zona autorizada para minería de subsistencia. El área intervenida corresponde a la ribera del río Guayabito, un cuerpo de agua permanente que forma parte del Distrito Regional de Manejo Integrado (DRMI) Serranía de los Yariguíes, lo cual refuerza su carácter de protección especial.
“La zona se encuentra dentro de la ronda hídrica, por lo que cualquier actividad extractiva requiere trámite de sustracción o permiso especial”, advirtió la CAS, señalando que la intervención sin autorización constituye una infracción ambiental grave.
Además del riesgo para el ecosistema y el abastecimiento hídrico de las comunidades cercanas, el equipo técnico identificó procesos de socavación del cauce y afectación a la calidad del agua. Según la entidad, no se presentaron desastres naturales recientes que justifiquen el uso excepcional de materiales de construcción, como exige la Ley 2250 de 2022.
Como resultado de la intervención, la CAS impuso la medida preventiva de suspensión inmediata, emitió requerimiento formal a la administración municipal y abrió un proceso administrativo sancionatorio, remitiendo el caso a las autoridades competentes para la evaluación de posibles responsabilidades penales por delitos ambientales.