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Tutela pone contra las cuerdas a la Ministra de Medio Ambiente por atropellar derechos de las comunidades mineras de Santander

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Un juez de la república falló una acción de  tutela contra ministra de Ambiente por no entregar información clara y completa sobre área de reserva cerca a Santurbán.     Según el Juez, el Ministerio de Ambiente vulneró el derecho a la información de una de las líderes del Paro Minero y entregó respuestas generales y superficiales que no solucionaban las preocupaciones de la comunidad afectada. El Juzgado le dio un plazo de 48 horas al Ministerio para iniciar los trámites administrativos para dar respuesta, y máximo un mes para entregar toda la información, o de lo contrario se declararía un desacato contra la ministra Muhamad.

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

Por vulnerar el derecho a la información de los pequeños mineros afectados por la posible aplicación de un área de reserva cerca a Santurbán, en Santander, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga falló una tutela en contra de la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, y le ordenó adelantar en menos de 48 horas todas las acciones necesarias para responder de fondo las solicitudes, inquietudes y problemáticas planteadas por la comunidad minera.

Según el documento, el Juez le dio la razón a la líder del Paro Minero y presidenta de Asomineros Vetas, Ivonne Consuelo González, quien advirtió que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en cabeza de Susana Muhamad, vulneró su derecho a la información, luego de no responder de fondo los cuestionamientos y solicitudes sobre las áreas de reserva temporal, el decreto 044, la formalización minera, y otros temas discutidos en la mesa de diálogo efectuada el pasado 5 de noviembre, como parte de los acuerdos para levantar el Paro Minero.

“La decisión del Juez en este fallo de tutela contra la ministra de Ambiente, evidencia lo que hemos denunciado reiterativamente, y es que la ministra se ha limitado a dar información superficial, incompleta, imposible de entender para los más de 35 mil campesinos y pequeños mineros legales que nos vemos afectados por esta medida inconsulta e ilegal que quieren aplicar en Soto Norte. El Gobierno que tanto habla del diálogo social, sigue vulnerando nuestro derecho a la participación y se pasa por la faja el acuerdo de Escazú que tanto defiende la ministra”, indicó González.

Según el fallo, en la reunión sostenida el pasado 5 de noviembre de 2024, Ivonne González, en representación de los pequeños y medianos mineros afectados por las medidas del Gobierno, y en su calidad de firmante del Acuerdo de Formalización y la Regularización Minera de pequeña y mediana escala, realizó una solicitud expresa al Ministerio mediante un Derecho de Petición ante las preocupaciones y el impacto de las decisiones del Gobierno contra la minería.

Sin embargo, como señala el juez, el Ministerio se limitó a dar respuestas superficiales, generales y evasivas, que no solucionaron de fondo la petición de los mineros, por lo que se desconoció y violó su derecho a la información. En el documento se exige claridad en diferentes temas de interés entre los que se destaca la aplicación del Decreto 044 de 20244 y procesos de formalización de los mineros, entre otros.

“Solo hasta el 2 de diciembre recibimos una respuesta del Ministerio que es escueta, superficial e insulsa y nosotros fuimos muy claros en decir que necesitábamos una respuesta clara, precisa, congruente y consecuente, no por salir del paso para simplemente decir que sí respondieron. El Ministerio está acostumbrado a hacer lo que se le da la gana, a mentir y a jugar con el pueblo y esto no puede seguir pasando. Aquí no pueden decirnos ‘tranquilos déjense meter un área de reserva temporal que yo le voy a dejar un huequito para que se formalicen’, cuando todos sabemos bien que sus decisiones sin sustento técnico ni jurídico pretenden condenar a una provincia a la ilegalidad, a la pobreza y al desplazamiento de centenares de familias con arraigo minero de más de 500 años”, precisó González.

El juez, según fallo emitido el 10 de diciembre, le ordena al Ministerio de Ambiente para que dentro de un término improrrogable de 48 horas inicie los trámites administrativos para dar respuesta a la petición de la líder minera, así como un mes para recopilar toda la información frente a los temas solicitados.

“Esperamos que esta vez el Ministerio sí se tomé la tarea de respondernos como debe ser, de forma clara, precisa, y de fácil entendimiento. Ya estamos cansados de los entramados politiqueros, las tuiteratones que promueve con sus aliados activistas, y de la conducta omisiva, para salirse con su plan de destruir nuestra minería legal”, señaló la líder.

Con esta decisión judicial no solo se confirma que el Ministerio de Ambiente no ha sido clara con los mineros de Soto Norte, sino que también se respaldan los pronunciamientos que ha venido haciendo la Procuraduría General de la Nacional sobre la falta de claridad que esta cartera no ha tenido sobre las áreas de reserva temporal, la errada interpretación del artículo 47 del Código Nacional de Recursos Naturales, y la aplicación del Decreto 044 de 2024; normas con las que se pretende afectar ostensible la actividad minera en por lo menos 7 departamentos del país.

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