Admiten demanda contra negativa del Senado para tramitar la primera Consulta Popular
Resumen
El Consejo de Estado ha admitido una demanda para anular la decisión del Senado de no convocar a una consulta popular solicitada por el presidente Gustavo Petro. Esto lo hace mediante el artículo 104 constitucional, iniciando un proceso de medio control de nulidad.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
El Consejo de Estado admite la demanda que procura la nulidad del concepto desfavorable del Senado de la República frente a la solicitud de convocar a la consulta popular.
Mediante auto del 28 de mayo de 2025, la Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda que pretende la nulidad de lo decidido por el Senado de la República, en la sesión plenaria del 14 de mayo de 2025, en relación con la solicitud del presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, y sus ministros de convocar a una consulta popular del orden nacional, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 104 constitucional.
Para efectos de la admisión se tuvo en cuenta que lo demandado corresponde a un acto cuyo contenido es de naturaleza electoral, en tanto culminó el trámite del mecanismo de participación ciudadana referido.
Por consiguiente, se decidió impartir el trámite del medio de control de nulidad, en consonancia con el artículo 13 del Acuerdo 080 de 2019 (modificado por el 434 de 2024), proferido por la Sala Plena del Consejo de Estado.
Finalmente, como en la demanda se solicitó la medida cautelar de suspensión provisional, en providencia separada, se ordenó a la Secretaría de la Sala de lo Electoral correr el traslado correspondiente a efectos de que la parte accionada ejerza su derecho de defensa