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Corte Constitucional: obesidad debe atenderese como prioridad en salud pública

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Resumen

La Corte Constitucional de Colombia ha instado al Gobierno a regular la ley de 2009 que define la obesidad como una prioridad de salud pública, después de que una mujer presentó una tutela contra la EPS por negarse a evaluar su aptitud para una cirugía de pérdida de peso.

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Luego de estudiar una tutela presentada por una mujer, a la que la Corte Constitucional llama Antonia, el alto tribunal exhortó al Gobierno nacional reglamentar la ley que desde 2009 definió a la obesidad y a otras enfermedades crónicas no transmisibles como prioridad de la salud pública.

Antonia presentó el recurso legal en contra de Nueva EPS, pues la entidad se negó a realizar una “valoración multidisciplinaria” que determinara si era apta para una cirugía bariátrica.

“La negativa del servicio médico constituyó una vulneración de los derechos a la salud, la vida digna y el mínimo vital”, señaló la Corte.

La accionante nació en el 2000 y basó su tutela en que desde temprana edad tiene obesidad. Actualmente, a sus 23 años, cuenta con un diagnóstico de esa enfermedad en grado II sin comorbilidades.

“La ciudadana sostuvo que, debido a su condición de salud y peso corporal, tiene dolores articulares en rodilla, disnea de medianos esfuerzos y una preocupación por su aspecto físico. Afirmó que, junto con los médicos tratantes, buscó rebajar considerablemente de peso con ejercicios y dietas balanceadas, sin embargo, no lo logró”, narra la Corte.

En noviembre de 2022, Antonia acudió a un especialista para una cita de consulta externa. El médico le prescribió unas cuatro pruebas, para establecer si ella estaba apta para realizar la cirugía bariátrica, y advirtió que tenía “inconformidad con su aspecto físico”.

Cuando la joven le pidió a Nueva EPS una autorización de la valoración multidisciplinaria en junta médica, la entidad alegó “problemas de pertinencia en el suministro”, por lo que negó el procedimiento.

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