Desde Bucaramanga, Corte Constitucional traza nueva frontera: turismo no podrá justificar sufrimiento de animales
La Corte Constitucional declaró inexequible el uso de animales de tracción para actividades turísticas y dio seis meses para su sustitución.
La Corte Constitucional declaró inexequible el uso de animales de tracción para actividades turísticas y dio seis meses para su sustitución.
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La justicia constitucional salió de los expedientes y llegó a Bucaramanga. Por primera vez en sus 35 años de existencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional sesiona en la capital santandereana, en el marco del XXI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional, un escenario que busca acercar el máximo tribunal constitucional del país a la ciudadanía, la academia y las regiones.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
La presencia de los nueve magistrados en Santander no es solamente un cambio de escenario. Durante el encuentro, denominado “Una Corte Constitucional para el Mundo”, la corporación tomó decisiones judiciales y abrió espacios de diálogo con estudiantes, profesores, expertos y ciudadanos sobre el papel que cumple la Constitución en la vida cotidiana de los colombianos.
En ese contexto, la presidenta de la Corte Constitucional, magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, anunció una de las decisiones adoptadas por la Sala Plena: la eliminación de la excepción legal que permitía utilizar vehículos de tracción animal para actividades turísticas.
La determinación fue tomada por unanimidad y tiene como eje la protección constitucional de los animales y el derecho colectivo a disfrutar de un ambiente sano. La controversia surgió alrededor de la Ley 2138 de 2021, que estableció medidas para sustituir los vehículos de tracción animal en Colombia, pero dejó una excepción para aquellos utilizados con fines turísticos.
La Corte consideró que esa excepción no era compatible con el deber constitucional de protección animal. Según explicó la magistrada Meneses, la Sala Plena concluyó que permitir el uso de animales para este tipo de actividades podía someterlos a un sufrimiento innecesario y, por esa razón, la expresión “turísticas” fue declarada inexequible.
El fundamento de la decisión se encuentra en el artículo 79 de la Constitución Política, relacionado con el derecho a un ambiente sano y la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. La Corte también precisó que la actividad turística, por sí misma, no constituye una razón constitucional suficiente para mantener una excepción frente al deber de protección de los animales.
La decisión fue extendida, mediante la integración de la unidad normativa, a otras disposiciones relacionadas con la regulación de los vehículos de tracción animal.
Seis meses para cambiar la actividad
El fallo no implica que, de un día para otro, quienes dependen económicamente de esta actividad queden sin alternativa. La Corte estableció una inexequibilidad diferida durante seis meses. Ese período deberá ser utilizado por las entidades territoriales para iniciar los programas de sustitución de los vehículos utilizados en actividades turísticas y establecer mecanismos de reconversión laboral para las personas afectadas.
La decisión busca así resolver una tensión constitucional: proteger a los animales sin desconocer que detrás de esta actividad existen personas cuyo sustento económico depende de ella.
Una Corte que salió de Bogotá
La decisión adquiere una dimensión particular por el escenario en el que fue anunciada. La Sala Plena llegó por primera vez a Bucaramanga en los 35 años de existencia de la Corte Constitucional. La elección de Santander hace parte de una estrategia para acercar la jurisdicción constitucional a las regiones y generar espacios de diálogo directo con la ciudadanía y las universidades.
Durante la jornada desarrollada en el Palacio de Justicia de Bucaramanga, los nueve magistrados conversaron con representantes de universidades como la UIS, la UNAB y la Universidad Libre del Socorro. Más de 40 estudiantes y docentes participaron en el encuentro, en una actividad orientada a explicar el funcionamiento de la justicia constitucional y el alcance de las decisiones de la Corte.
El XXI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional se extenderá hasta el 25 de septiembre y reúne a representantes de la judicatura, la academia y especialistas nacionales e internacionales. La agenda incluye discusiones sobre derecho comparado, independencia judicial, derechos sociales, inteligencia artificial, democracia, protección de derechos fundamentales e intercambio de experiencias constitucionales.
La presencia de la Corte en Santander también tiene un componente pedagógico. En palabras de la presidenta del alto tribunal, llevar la Sala Plena a Bucaramanga representa una oportunidad para que la ciudadanía conozca de primera mano el trabajo de la corporación y entienda que sus decisiones no son asuntos reservados exclusivamente para abogados y especialistas.
La propia Corte ha definido estos espacios de diálogo como una herramienta para acercar la Constitución a los ciudadanos y fortalecer la pedagogía alrededor de la justicia constitucional.
Y esa es quizás una de las principales particularidades de este encuentro: mientras los magistrados sesionan y adoptan decisiones de alcance nacional, estudiantes, profesores y ciudadanos pueden conocer directamente cómo se construyen las determinaciones que terminan afectando asuntos tan cotidianos como el ambiente, los derechos fundamentales, la actividad económica o la protección de los animales.
Desde Bucaramanga, la Corte Constitucional está dejando entonces un mensaje institucional de alcance nacional: la Constitución no pertenece únicamente a los despachos judiciales ni a los libros de derecho. También se discute en las regiones, en las universidades y en los espacios donde los ciudadanos viven diariamente los derechos que la Carta Política está llamada a proteger.
Y en esta visita a Santander, uno de esos derechos quedó convertido en una decisión concreta: el turismo ya no podrá utilizar como justificación constitucional el sufrimiento innecesario de animales empleados para la tracción.