Resumen
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia requerirá facturación electrónica para peajes, bolsas de valores, servicios públicos y cines. Los tiquetes aéreos y fichas para juegos de azar también deberán emitir factura electrónica.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió un comunicado donde exige la facturación electrónica, para las estaciones de peaje en las carreteras del país, para los servicios públicos en bolsas de valores y salas de cine. En la misiva la Dian expuso que desde el primero de octubre próximo vence el plazo para que los peajes, las bolsas de valores y las bolsas agropecuarias implementen esa facturación.
Desde el primero de noviembre tendrán que hacerlo los servicios públicos domiciliarios, las facturas del servicio de energía eléctrica, agua potable, tiquetes de transporte de pasajeros, espectáculos públicos y los cines. “La administración tributaria aclara que los comercios obligados a emitir este tipo de documentos pueden elegir facturar electrónicamente todas sus operaciones.
Los tiquetes aéreos, fichas para máquinas de azar, incluso si se juega a través de internet, deberán expedir factura electrónica, detallando los siguientes requisitos: número de instrumentos de juego y discriminación e identificación de cada una de las máquinas; la dirección en que se encuentra el establecimiento, o la dirección de internet en caso de ser virtual, entre otros datos.