¡No más animales jalando carretas! Piden a los alcaldes de Santander el cumplimiento de la ley
La Procuraduría verifica el cumplimiento de la Ley 2138 de 2021 sobre la sustitución de vehículos de tracción animal y el avance del registro nacional en municipios.
La Procuraduría verifica el cumplimiento de la Ley 2138 de 2021 sobre la sustitución de vehículos de tracción animal y el avance del registro nacional en municipios.
Los puntos clave serán generados automáticamente por IA y revisados por la redacción de El Frente.
El contexto histórico y los antecedentes serán generados a partir del archivo periodístico de El Frente.
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La Procuraduría General de la Nación puso bajo vigilancia el cumplimiento de la ley que ordena avanzar en la sustitución de vehículos de tracción animal en Colombia, con el propósito de establecer qué municipios han cumplido con sus obligaciones, dónde persisten vacíos de información y qué acciones siguen pendientes para implementar esta política.
Desde junio de 2026, el organismo de control adelanta una actuación preventiva para verificar la aplicación de la Ley 2138 de 2021, que contempla medidas para reemplazar estos vehículos y avanzar en la transición hacia alternativas de transporte que permitan mejorar las condiciones de bienestar animal y las oportunidades de quienes dependen económicamente de esta actividad.
La revisión apunta tanto a las administraciones territoriales como a las entidades del Gobierno nacional encargadas de coordinar, reglamentar y hacer seguimiento a la implementación de la norma.
Un censo nacional bajo revisión
Uno de los principales focos de la Procuraduría es el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), al que solicitó información sobre la metodología utilizada para censar los vehículos de tracción animal y sus propietarios, así como las acciones de coordinación adelantadas con alcaldías y distritos.
El Ministerio Público también pidió el consolidado nacional del Registro de Vehículos de Tracción Animal (RVTA), con el número de vehículos y propietarios censados, las entidades territoriales que reportaron información y aquellas que certificaron que no cuentan con vehículos de esta naturaleza.
La información permitirá identificar los territorios que han cumplido con el registro y aquellos que todavía no han atendido las disposiciones legales. Para el organismo de control, establecer la dimensión real de esta población es un paso fundamental para determinar el alcance de las medidas de sustitución y detectar posibles incumplimientos.
Sin un registro actualizado y verificable, las autoridades tienen mayores dificultades para establecer cuántas personas necesitan alternativas económicas y de transporte, así como para organizar y evaluar las acciones destinadas a reemplazar las carretas.
Gobierno debe aclarar las excepciones
La actuación preventiva también involucra a los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Agricultura y Desarrollo Rural y Deporte, a los que la Procuraduría solicitó información sobre la reglamentación expedida para aplicar las excepciones previstas en la ley.
Estas excepciones están relacionadas con territorios cuyas condiciones geográficas, económicas o sociales impidan utilizar medios de transporte diferentes a los de tracción animal. El propósito del requerimiento es establecer qué reglas se han expedido para estos casos y cómo se está determinando su aplicación.
El organismo de control también pidió precisar si fue creado el subcomité encargado de hacer seguimiento a la sustitución de estos vehículos, cuál es su estado actual y qué actividades ha desarrollado.
Con estas solicitudes, la Procuraduría busca establecer si existe una coordinación efectiva entre las entidades nacionales y las autoridades locales o si, por el contrario, persisten vacíos institucionales que dificultan la aplicación de la política pública.
Municipios, bajo la lupa
El seguimiento pretende identificar las alcaldías y los distritos que no han cumplido con las obligaciones relacionadas con el Registro de Vehículos de Tracción Animal, así como determinar los avances y las acciones pendientes en cada territorio.
La actuación es preventiva y está orientada a verificar la gestión de las entidades responsables. Por ahora, los requerimientos de información buscan establecer el estado real de implementación de la ley, sin que ello signifique que se hayan declarado formalmente responsabilidades individuales o institucionales.
El desafío consiste en que la sustitución no se limite a retirar los vehículos de circulación, sino que contemple alternativas viables para las personas que dependen de ellos para obtener sus ingresos, de acuerdo con las disposiciones aplicables, y garantice el manejo adecuado de los animales.
La Procuraduría continuará recopilando información para determinar dónde se encuentran los principales rezagos y qué medidas deben adoptar las entidades competentes. El resultado de este seguimiento permitirá dimensionar el cumplimiento de una norma que exige coordinación nacional y territorial para transformar una actividad que durante décadas ha formado parte de la economía informal de numerosas ciudades colombianas.