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Por vencimiento de términos, Corte Suprema ordena libertad provisional de Iván Name y Andrés Calle

La Corte Suprema ordenó la libertad provisional de Iván Name y Andrés Calle por vencimiento de términos, sin que ello implique el fin del proceso por el escándalo de la UNGRD.

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Los expresidentes del Senado y de la Cámara de Representantes recuperan la libertad mientras continúa el proceso penal por el escándalo de corrupción de la UNGRD. La decisión obedece a razones procesales y no elimina los cargos que enfrentan.

 

La Corte Suprema de Justicia ordenó este viernes 9 de octubre la libertad provisional de Iván Name Vásquez y Andrés Calle Aguas, los dos expresidentes del Congreso investigados por su presunta participación en el entramado de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La decisión se fundamenta en el vencimiento de términos judiciales, según reportes publicados este viernes.

La determinación representa un giro en un proceso que había mantenido a ambos excongresistas privados de la libertad desde mayo de 2025. Sin embargo, su salida de prisión no significa que hayan sido declarados inocentes ni que el proceso penal haya terminado.

La controversia jurídica gira alrededor del tiempo transcurrido sin que se celebre la audiencia pública de juzgamiento, una de las etapas previstas en el procedimiento penal aplicable al caso.

La defensa de los excongresistas había solicitado su libertad al considerar que se habían superado los plazos legales para avanzar hacia el juicio. En decisiones anteriores, la Corte negó esa petición al establecer que el término ordinario de seis meses podía extenderse hasta un año, debido a la necesidad de practicar pruebas en el exterior.

Entre esas diligencias se encontraba el testimonio de Carlos Ramón González, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), quien se encuentra fuera del país. En julio de 2026, la Corte todavía consideraba que el plazo ampliado no había vencido.

La resolución conocida este viernes indica que el escenario procesal cambió y que procede la libertad por vencimiento de términos. No obstante, los detalles completos de la nueva providencia deberán consultarse para establecer con precisión los argumentos de los magistrados y las condiciones impuestas a los procesados.

 

Los sobornos que investiga la justicia

El expediente se relaciona con el supuesto pago de sobornos a los entonces presidentes del Senado y de la Cámara para favorecer iniciativas legislativas del Gobierno nacional.

De acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía acogida en la acusación, Iván Name habría recibido 3.000 millones de pesos, mientras que Andrés Calle habría recibido 1.000 millones de pesos, recursos que presuntamente provenían de operaciones irregulares relacionadas con la UNGRD.

Los dineros habrían sido gestionados por antiguos directivos de la entidad y entregados con el propósito de obtener respaldo legislativo para proyectos gubernamentales. Estas circunstancias forman parte de las acusaciones que deberán debatirse y probarse en el proceso judicial.

Ambos excongresistas fueron acusados por presuntos delitos de cohecho impropio y peculado por apropiación en favor de terceros agravado. La Corte había ordenado su detención preventiva en establecimiento carcelario el 7 de mayo de 2025.

La decisión judicial obliga a distinguir entre la responsabilidad penal que deberá establecerse durante el juicio y el derecho a no permanecer detenido preventivamente más allá de los límites previstos por la ley.

La libertad provisional por vencimiento de términos no borra las acusaciones, no invalida automáticamente las pruebas y tampoco constituye una absolución. El proceso puede continuar mientras los investigados permanecen en libertad, sujetos a las determinaciones judiciales que correspondan.

Por ahora, el alcance definitivo de la decisión dependerá del contenido íntegro de la providencia y de las condiciones fijadas por la Corte para la libertad de los dos antiguos presidentes del Congreso.