¿Recuerdan a Luis Alberto Gil sobornando un fiscal de la JEP? Pues le acaban de confirmar la condena

Resumen

La Corte Suprema confirmó la condena contra Luis Alberto Gil por participar en una red que buscó manipular decisiones judiciales ante la JEP a cambio de dinero.

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¿Recuerdan a Luis Alberto Gil sobornando un fiscal de la JEP? Pues le acaban de confirmar la condena

 

 

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el exsenador santandereano Luis Alberto Gil Castillo, al concluir que participó en un entramado de corrupción destinado a manipular decisiones judiciales ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), entre ellas el trámite de extradición hacia Estados Unidos del exjefe guerrillero de las Farc Seuxis Pausias Hernández Solarte.

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

Con esta decisión, el alto tribunal confirmó la sentencia que impone al también fundador del movimiento político Convergencia Ciudadana una pena de 54 meses de prisión, equivalentes a cuatro años y seis meses de cárcel, así como una multa de 1.424,99 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad de cinco años para ejercer funciones públicas.

La determinación judicial reviste especial relevancia en Santander, departamento donde Gil construyó durante décadas una de las maquinarias políticas más influyentes y controvertidas del oriente colombiano.

Su figura estuvo estrechamente ligada al ascenso de numerosos dirigentes regionales y a una estructura de poder que, en repetidas ocasiones, ha sido objeto de investigaciones por sus vínculos con escándalos judiciales y episodios de parapolítica.

 

Un fallo que cierra la última puerta judicial

La Sala de Casación Penal resolvió el recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa del excongresista, que pretendía tumbar parcialmente la condena dictada por el Juzgado Noveno Penal del Circuito Especializado de Bogotá y posteriormente confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá.

Tras estudiar el expediente, la Corte concluyó que durante el proceso no se vulneraron las garantías fundamentales del exsenador y que existían pruebas suficientes para demostrar su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio y tráfico de influencias de servidor público.

Según la corporación, Gil Castillo actuó en coordinación con el entonces fiscal de apoyo de la JEP Carlos Julián Bermeo Casas y otras personas con el propósito de ofrecer, a cambio de dinero, la alteración y dilación de procesos judiciales de alto impacto, particularmente aquellos relacionados con narcotráfico y solicitudes de extradición.

Los hechos investigados ocurrieron entre diciembre de 2018 y marzo de 2019, cuando las autoridades detectaron una red que, según la Fiscalía, se dedicaba a la denominada “venta de procesos judiciales en Colombia”.

La investigación se inició tras información suministrada por un agente de la Drug Enforcement Administration al Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación el 25 de febrero de 2019.

De acuerdo con los reportes, la organización ofrecía interferir ilegalmente en actuaciones judiciales de interés para Colombia y Estados Unidos, utilizando contactos dentro de la JEP para retrasar o modificar decisiones.

Con autorización judicial, la Fiscalía desplegó una operación encubierta que incluyó reuniones vigiladas y entregas controladas de dinero. El 1 de marzo de 2019 se realizaron encuentros en los hoteles The Artisan D.C. Hotel y JW Marriott Hotel Bogotá.

En el primero de estos lugares fue dejada una maleta con 460.000 dólares. Posteriormente, en el JW Marriott, se desarrolló la reunión clave en la que participaron Gil Castillo y Bermeo Casas.

 

El caso Santrich en el centro del escándalo

Según el fallo, durante ese encuentro Luis Alberto Gil explicó las supuestas gestiones que podían realizarse para retrasar trámites de extradición y detalló los costos de dichas maniobras.

Más tarde, Bermeo Casas expuso cómo, presuntamente, había logrado demorar por cerca de dos meses y medio el proceso de extradición de Jesús Santrich, antiguo integrante del secretariado de las Farc y figura central en uno de los episodios más controversiales de la justicia transicional colombiana.

La sentencia describe que el entonces fiscal aseguró haber emitido órdenes a policía judicial, solicitado prórrogas al magistrado encargado, gestionado apoyos con funcionarios internos e incluso propiciado el extravío de documentación para impedir que información relevante llegara oportunamente a Estados Unidos.

La Corte citó que el funcionario afirmó haber conseguido “dos meses y quince días de dilación” mediante estas actuaciones.

 

La entrega de 40.000 dólares y las capturas

Uno de los momentos determinantes de la investigación fue la entrega de 40.000 dólares a Bermeo Casas por parte de un agente encubierto, mientras Gil Castillo permanecía en la misma reunión.

Pocos minutos después de esa transacción, las autoridades realizaron la captura de los implicados, desarticulando el esquema que pretendía obtener beneficios económicos a cambio de manipular decisiones judiciales.

Para la Corte Suprema, la presencia y participación activa del exsenador demostraron que ofrecía sus contactos y su influencia para intervenir indebidamente en expedientes de alta sensibilidad nacional e internacional.

Durante el trámite del recurso, el Ministerio Público cuestionó parcialmente la configuración del delito de tráfico de influencias, argumentando que no estaba probado que funcionarios de la JEP hubieran actuado efectivamente bajo la presión de Bermeo Casas.

No obstante, la Corte Suprema reiteró que este delito es de mera conducta, lo que significa que se consuma desde el momento en que un servidor público utiliza o pone al servicio de terceros la influencia derivada de su cargo, sin necesidad de demostrar que el objetivo se haya concretado.

En consecuencia, el tribunal concluyó que no era indispensable probar que otros funcionarios modificaran realmente el trámite de extradición de Santrich para establecer la responsabilidad penal de los implicados.

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