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Revocatoria del mandato a Petro

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Resumen

Gran parte de los ciudadanos colombianos desea la revocatoria del mandato del presidente Petro por no cumplir sus promesas y no lograr consensos para políticas públicas. Sin embargo, legalmente no es posible revocar su mandato, solo es posible un juicio político o jurídico.

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Por: Orlando Caballero Diaz

Un número importante de ciudadanos colombianos considera que se le debe revocar el mandato al presidente Petro porque no honra el compromiso ciudadano adquirido con sus electores, quienes creyeron en sus promesas de gobierno.

Para otro grueso de la población, la revocatoria del mandato al presidente Petro se justifica en su incapacidad de aglutinar consensos en torno de la aprobación de políticas públicas adecuadas para la reivindicación de las desigualdades sociales de los colombianos.

Entre tanto, no pocos destilan odio, no descansan en vociferar a diario rabiosamente “Fuera Petro”, mientras otros no cesan en repetir “Fuera Petro”, haciendo gala de su falta de pensamiento crítico y xenofobia.

Sin embargo, lo cierto es que al presidente Petro técnicamente es imposible revocarle el mandato, debido a que a los presidentes en el universo no se les revoca el mandato, sino que se les hace juicios políticos y/o jurídicos, que eventualmente conlleven a una sanción de destitución o dimisión, con estricta observancia del debido proceso.

Ahora bien, también es meridianamente cierto que la opinión desfavorable, la desconexión con la nación, el desencanto de sus propios votantes y la percepción generalizada de la fatalidad del gobierno Petro tienen al mandatario al borde, no de su delirante “golpe de Estado”, sino de la autodestrucción de su propio proyecto político, del cual es su exclusivo protagonista como resultado de su personalidad, desgobierno y carencia de consensos, al punto que pareciera inclusive propendiera a diario por su “autorrevocatoria del mandato” y destrucción.

La revocatoria del mandato en Colombia es un mecanismo de participación ciudadana, contenido en el artículo 103 superior, reglamentado por la Ley 134 de 1994, modificada por la Ley 1757 de 2015, procedente exclusivamente para revocar el mandato a alcaldes y gobernadores.

Entonces, al presidente Petro lo que hay que hacerle es un control político de oposición técnica con suficiencia jurídica, que permita controlar cada ministerio y sus ejecutorías, dado que su juez instructor es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, corporación que históricamente jamás ha acusado a un presidente ante la Corte Suprema de Justicia, juez natural del presidente, competente para juzgarlo en virtud del fuero presidencial que le asiste.

En consecuencia, acompañemos al presidente Petro en su prolija tarea de acabar solito su proyecto político fallido e involución de la alternativa política de la izquierda. Eso sí, exijamos sea atajado dentro del marco jurídico desde el Congreso de la República, para que se construya un dique de control político que le impida que termine de acabar con el país. Es la única forma de garantizar que jamás volverá al poder y sea derrotado en las urnas. ¡Ojo con el 2026!

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