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Justicia

¡Se acabó la rumba a las 10:30 p. m.! Suratá endurece las reglas por las riñas y la intolerancia

Suratá limitó la venta de licor hasta las 10:30 p. m. y prohibió su consumo en espacios públicos para frenar riñas e intolerancia.

¡Se acabó la rumba a las 10:30 p. m.! Suratá endurece las reglas por las riñas y la intolerancia
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Suratá limitó la venta de licor hasta las 10:30 p. m. y prohibió su consumo en espacios públicos para frenar riñas e intolerancia.

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Las riñas y los problemas de convivencia llevaron a las autoridades de Suratá, Santander, a tomar medidas para controlar la actividad nocturna y recuperar el orden público en el municipio. A través del Decreto 064 de 2026, la Alcaldía estableció nuevas restricciones para los establecimientos que comercializan bebidas alcohólicas, prohibió el consumo de licor en espacios públicos y endureció las reglas para los menores de edad que conducen motocicletas.

La decisión busca reducir los episodios de intolerancia que han generado preocupación entre las autoridades y reforzar la seguridad en la cabecera municipal. Las disposiciones cobijan tanto a los establecimientos nocturnos como a otros comercios que venden bebidas embriagantes.

Licor hasta las 10:30 de la noche

Uno de los cambios más importantes tiene que ver con los horarios de funcionamiento de bares, cantinas, discotecas, billares, licoreras, tiendas, minimercados y restaurantes que expendan bebidas alcohólicas.

Según el decreto, estos negocios podrán vender licor entre las 10:00 de la mañana y las 10:30 de la noche, incluidos domingos y festivos. Una vez llegue la hora límite, deberán suspender la venta y el consumo de bebidas embriagantes, además de garantizar que no permanezcan clientes dentro de sus instalaciones.

La medida establece un horario uniforme para este tipo de establecimientos, con el propósito de ejercer un mayor control sobre las actividades comerciales relacionadas con el consumo de alcohol.

Los negocios que no comercialicen bebidas embriagantes, como panaderías, cafeterías, misceláneas y restaurantes, podrán funcionar durante el día, pero deberán cerrar a las 11:00 de la noche. La disposición contempla excepciones para droguerías, servicios de salud, hospedajes y estaciones de servicio que no expendan licor.

Prohibido tomar en calles y parques

El decreto también establece una prohibición permanente del consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos de la cabecera municipal.

La restricción incluye calles, andenes, parques, plazas, zonas verdes, escenarios deportivos y zonas de parqueo de uso público. Con esta disposición, la Administración municipal busca evitar que el consumo de licor en estos lugares termine desencadenando nuevos enfrentamientos o afectaciones a la convivencia.

La Estación de Policía, la Inspección de Policía, la Comisaría de Familia y la Secretaría General y de Gobierno serán las dependencias encargadas de vigilar el cumplimiento de las medidas.

Menores en moto, bajo la lupa

El Decreto 064 de 2026 también establece restricciones para los menores de 16 años que conduzcan motocicletas, motociclos o mototriciclos sin la licencia correspondiente.

La disposición prohíbe esta conducta a cualquier hora del día y advierte que padres, cuidadores y propietarios de los vehículos tampoco pueden permitir que los menores conduzcan sin cumplir los requisitos legales.

Quienes incumplan la norma se exponen a la inmovilización del vehículo. Además, los propietarios o responsables que faciliten la conducción irregular podrían recibir multas de hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin perjuicio de otras sanciones de tránsito aplicables.

Con estas decisiones, la Alcaldía de Suratá busca intervenir varios factores que afectan la convivencia y la seguridad vial. El reto ahora será garantizar que las restricciones se cumplan y que los controles permitan reducir las riñas y los hechos de intolerancia que motivaron la expedición del decreto.