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Opinión

Señor Empresario

El artículo explica la evolución del IVA en Colombia y advierte sobre sus efectos en el consumo, además de recordar obligaciones y sanciones tributarias.

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El artículo explica la evolución del IVA en Colombia y advierte sobre sus efectos en el consumo, además de recordar obligaciones y sanciones tributarias.

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El IVA, es el impuesto al valor agregado, que se paga inmediatamente, reciba usted la mercancía o el servicio. Lo tradicional de los impuestos es pagar por la riqueza, obtenida o renta o por los bienes de su propiedad. Pero este concepto, del Iva, es un impuesto a la necesidad, así sean de abrigo o de fantasía. Si se compra un par de zapatos, se paga el Iva, que es por la necesidad del calzado. Si compramos una joya, es por la necesidad del orgullo. Se dice que es un impuesto retrógrado, porque lo paga el pobre, el rico, el buen presidente, una lacra llamado Gustavo, un señor o un cura.

El Iva, Vat en inglés, nace como idea, en Alemania en 1919, por iniciativa del industrial y economista Wilhelm Siemens, (en una acertada llamada telefónica), ya que esta nación terminaba destrozada por la primera guerra mundial de 1914 a 1918. Lo ideó, pero Alemania solo lo aplicó a partir de 1968. Por su parte en Estados Unidos, nace en 1921, por parte del economista Thomas S Adams, un asesor del tesoro estadounidense. Actualmente, solo se cobra con el producto final, que lo adquiere el consumidor y si este es pobre, se lo devuelven, después que el gobierno, mira su declaración de renta. El primer país que puso en marcha el Iva fue Francia, a partir del 10 de abril de 1954, extendiéndolo a todos los productos a partir de 1968.

En Colombia, aparece el Iva, solo para la gran industria manufacturera y las importaciones a partir del decreto especial 3288 del 30 de diciembre de 1963, firmando por el presidente de la republica de entonces, Guillermo León Valencia, que, al decir de los entendidos, se encontraba bueno y sano, es decir, sin ningún guayabo alcohólico.

 Ese impuesto era de solo un 3%. Por allá en 1975, Alfonso López M, presidente de Colombia, lo subió al 10%, en medio de un afán por nacionalizar el sistema financiero, que al final quebró como operatividad estatal. Pero, el que rompió esquemas con el Iva, fue el presidente Belisario Betancur, con el decreto ley 3541 del 29 de diciembre de 1983, veinte años después, que sin botella en mano lo hubiese hecho Guillermo León Valencia.

El Iva, se extendió a todos los bienes y servicios, con algunas exenciones, y pasa del 10% al 12%, de ahí al 14% y sigue subiendo hasta el año 2016 con un 16%. Ya se acabaron las comercializadoras, que existían en el papel, para mamarle gallo al impuesto, por parte de algunos contribuyentes. El Iva sigue subiendo en porcentaje y en extensión a muchos otros productos y servicios, cubriendo algunos alimentos procesados y algunos medicamentos y bebidas. Por la ley 1819 del año 2016, aplicable a partir del año 2017, se sube el Iva al 19% como tarifa general y un 5% para otros productos y es la ley que rige actualmente.

Hoy, si un contribuyente evade el Iva, tiene sanciones penales y pueden llevar al tramposo a la “guandoca”. El microempresario, que venda menos de $183.400.000 al año, no es responsable del Iva, tampoco del impuesto al consumo, ni tampoco está obligado a presentar factura electrónica, pero si, debe presentar declaración de renta.

Señor empresario, señor de la mediana y pequeña empresa, señor microempresario, asesórese bien de un profesional de la contaduría púbica.

*Contador Público - Asesor empresarial.