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Rigen impuestos para bebidas y los alimentos ultraprocesados

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Resumen

En concreto, la ley dice que para este 2023 la tarifa para las bebidas que tengan menos de 6 gramos (gr) de azúcares añadidos por cada 100 ml será de 0 pesos.

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Los amantes del ‘mecato’ deben pagar más

A partir de este miércoles 1 de noviembre de 2023 entraron en vigor, en Colombia, dos nuevos impuestos que quedaron aprobados en la última reforma tributaria y el cual afecta a las bebidas azucaradas y el de los denominados alimentos ultraprocesados.

El primero pone un impuesto a las gaseosas, los líquidos a base de malta, tipo té, refrescos, zumos y néctares de fruta, energizantes, refrescos, aguas saborizadas y mezclas en polvo, en función de su nivel de azúcar añadido por cada 100 mililítros (ml).

En concreto, la ley dice que para este 2023 la tarifa para las bebidas que tengan menos de 6 gramos (gr) de azúcares añadidos por cada 100 ml será de 0 pesos, las que tengan mayor o igual a 6 gr y menor a 10 gr pagarán 18 pesos y las de mayor o igual a 10 gr, 35 pesos. Para el 2024, estos valores serán de 0, 28 y 55 pesos. Y para 2025 de 0, 38 y 65 pesos.

Salvado el salchichón

El segunda grava productos comestibles con un alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas con una tarifa de 10 por ciento en el 2023, de 15 por ciento en el 2024 y de 20 por ciento a partir del 2025 y entran el mecato, las arepas precocidas, las barritas de cereal o el chocolate de mesa.

Tampoco escaparán a los impuestos las salsas de tomate, el chocoramo, las salchichas, las chocolatinas, las papitas, los platanitos, las rosquitas o las achiras y en la Ley aparecen una serie de bebidas y alimentos que no tendrán impuestos como Arequipe o dulce de leche, salchichón, mortadela y butifarra, pan, obleas, bocadillo de guayaba, hortalizas y frutas confitadas con azúcar (almibarados, glaseados o escarchados).

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