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Opinión

La soberbia institucional y la realidad inquebrantable de la familia

El artículo critica la actitud de la directora del ICBF y recuerda que la Constitución y la jurisprudencia protegen la pluralidad de familias y la igualdad de todos los hijos.

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En una democracia sólida, la discusión pública exige rigor conceptual, apego al ordenamiento jurídico y, sobre todo, decoro institucional. Lamentablemente, en el reciente debate en la comisión séptima del Senado de la República, los colombianos presenciamos un episodio bochornoso protagonizado por la doctora Carolina Restrepo Cañavera, directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Lejos de honrar la altura que exige su alto cargo, su actitud rozó la grosería y el desdén frente a los legítimos cuestionamientos del legislativo. Al parecer, la soberbia tecnocrática pretende imponerse al respeto democrático, olvidando que los funcionarios públicos son servidores de la nación y no dueños de las entidades estatales.

Más allá de las formas (que en la alta administración son también fondo), el verdadero peligro radica en el desconocimiento de las realidades sociológicas y jurídicas que configuran el tejido social colombiano. La Corte Constitucional ha sido clara, mediante una sólida línea jurisprudencial (como las sentencias T-070/15, T-292/16 y T-372/25), al recordar que la familia, concebida como el núcleo básico de la sociedad, no se reduce a una fórmula rígida. El artículo 42 de la Constitución Política de Colombia, establece que esta puede constituirse por vínculos naturales o jurídicos, amparando un concepto sustancial y no meramente formal.

Hoy en día, el pluralismo jurídico reconoce que coexisten diversos tipos filiales y estructurales: desde las uniones maritales de hecho y las familias monoparentales, hasta las complejas familias ensambladas, de crianza y extensas. En todas ellas, el lazo fundamental se cimenta en el afecto, la solidaridad, el respeto y la unidad de vida o de destino. Bajo el principio constitucional de igualdad, los hijos (ya sean biológicos, adoptivos, extramatrimoniales o aquellos denominados "aportados" o hijastros) gozan de idénticos derechos y deberes, proscribiendo cualquier atisbo de discriminación estatal o privada.

A mi criterio, es precisamente aquí donde la postura de la directora del ICBF resulta desconcertante. Una entidad llamada a proteger la integridad de la infancia y la familia no puede permitirse la arrogancia ni la improvisación conceptual. Defender la familia tradicional, pilar histórico de nuestra sociedad, no está peleado con reconocer la protección que el derecho positivo otorga a otras expresiones legítimas de convivencia amparadas por la jurisprudencia. Lo que exige el país son directrices claras, apego al principio del interés superior del menor y funcionarios temperados, capaces de debatir con altura intelectual.

La “Patria Milagro” no se construye desde la altanería burocrática, sino desde el respeto a las instituciones y la comprensión de que el ordenamiento jurídico protege la pluralidad familiar sin vaciar de contenido sus principios esenciales. Menos desplantes temperamentales en el Congreso y más rigor técnico en las políticas públicas es lo que merecemos los colombianos.