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A juicio a exfuncionarios de la ANI por irregularidades en adiciones al contrato ‘Ruta del Sol II’

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De acuerdo con la Fiscalía General de la Nación, con su actuar, en ejercicio de sus cargos, habrían favorecido al Concesionario Ruta del Sol II, flexibilizando las condiciones técnicas – financieras y en detrimento del Estado, ampliando plazos para evitar procesos sancionatorios, modificando la forma de pago pactada, eliminando obras necesarias, entre otras anomalías.

La afirmación la soportó el ente investigador con abundante material probatorio para demostrar la posible actuación ilegal de nueve exfuncionarios de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), en el trámite y celebración de varios otrosíes al contrato de concesión 01 de 2010, que tuvo por objeto la construcción del tramo vial denominado ‘Ruta del Sol II’.

La Fiscalía estableció que los exfuncionarios, de acuerdo con su rol, competencias y cargos, participaron en la elaboración y aprobación de los estudios de conveniencia y oportunidad; firmaron y aprobaron las actas de comité que recomendaron suscribir los otrosíes; y proyectaron y aprobaron las adiciones. Lo anterior en beneficio del concesionario de la cual hacia parte la empresa brasileña Odebrecht.

Por lo anterior, fueron acusados formalmente por el delito de interés indebido en la celebración de contratos, los siguientes exservidores de la ANI: Andrés Figueredo Serpa, exvicepresidente de Planeación, Riesgos y Entorno; Daniel Tenjo Suárez, exgerente de Proyectos Carreteros; Emerson Durán Vargas, exgerente financiero; Jorge Huertas Luna, experto de la vicepresidencia de Planeación, Riesgos y Entorno; Iván Mauricio Fierro Sánchez, exvicepresidente de Estructuración (e); Francisco Javier Forero Lozano, exasesor financiero; Yasmina del Carmen Corrales Peternina, experta de gestión contractual; David Leonardo Montaño García, profesional experto; y Mauricio Orlando Castro Castaño, exgerente de Riesgos.

Las adiciones materia de investigación son:

· Otrosí 4, firmado el 28 octubre de 2013, el cual modificó las condiciones financieras y plazos de ejecución de varios tramos del proyecto, lo que representó el no cobro de multas al contratista, por concepto de procesos sancionatorios.

· Otrosí 5 y 8, suscritos el 19 diciembre de 2013 y 23 diciembre de 2014 respectivamente. Estas adiciones permitieron incluir en el contrato original la ejecución de un corredor de acceso a Puerto Boyacá (Boyacá), que no estaba proyectado, sin la autorización del Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) y del Consejo Nacional de Politica Económica y Social (CONPES), y sin actualización del proyecto en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN).

· Otrosí 7, suscrito el 15 de mayo de 2014, el cual modificó la forma de pago, mejorando el flujo de caja del concesionario, privando al Estado de percibir rendimientos financieros.

· Otrosí 9, suscrito el 4 de diciembre de 2015. Modificó nuevamente la fórmula de pago y reconoció los puentes como estructuras independientes contrario a lo pactado, privando al Estado de percibir rendimientos a su favor.

· Otrosí 10, celebrado el 3 noviembre de 2016, que eliminó la adecuación de senderos peatonales y la rehabilitación de la calzada existente en un tramo entre Puerto Salgar y Caño Alegre (Cundinamarca). Por no realizar esta obra se descontó al concesionario 19.976 millones de pesos; sin embargo, se constató que la suma real del descuento debía ascender a 65.395 millones.

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