Una ley contra símbolos de odio
El texto plantea que Colombia debe penalizar el uso de símbolos y expresiones que glorifican criminales, guerrilleros y narcotraficantes.
El texto plantea que Colombia debe penalizar el uso de símbolos y expresiones que glorifican criminales, guerrilleros y narcotraficantes.
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El Congreso colombiano está en mora de promulgar una ley que penalice el uso de símbolos y signos de odio que, hagan apología a individuos, grupos al margen de la ley y alzados en armas contra la Constitución y las Instituciones.
Por: León Ferreira
Dentro de la idea “romántica” de supuestos ideales de progreso y justicia social, muchas personas en algunos casos, sin proponérselo, hacen apología a criminales y forajidos, empero, tras de ello hay también comerciantes de moral elástica que hacen negocio del odio y la apología al delito.
Entre otros estados, Alemania e Israel tienen leyes específicas que prohíben no sólo el uso público de tales símbolos y signos, también penalizan la distribución y exhibición de estos; verbigratia, el Código Penal Alemán tipifica la exhibición pública de símbolos, insignias y porte de uniformes de organizaciones que atentan contra la Constitución y la seguridad del Estado, lo que incluye el uso de banderas, lemas, saludos y emblemas correspondientes a este tipo de organizaciones.
Por su parte el Knéset o Parlamento israelí desde 2012 promulgó leyes que prohíben la apología a la shoá u holocausto, que permiten a las autoridades judiciales investigar y judicializar a quien denomine a otra persona como “nazi”. Las sanciones en ambos estados pueden consistir en cuantiosas multas y pena privativa de libertad hasta por tres años.
De un tiempo para acá, se ha vuelto común que, en Colombia, figuras públicas en medios artísticos, políticos, deportivos, gubernamentales e “influenciadores digitales” utilicen símbolos, signos y palabras alusivas a delincuentes y a grupos armados revolucionarios; recientemente, en redes sociales se difunden imágenes de personas que visten prendas con el nombre de grupos terroristas como si se tratase de marcas comerciales.
Ondear banderas que envían mensajes de odio, como la reencauchada bandera de Guerra a muerte con sus colores rojo, blanco y negro, atribuida a las tropas bolivarianas y, enarbolada por el primer mandatario de la nación, así como objetos que pertenecieron a guerrilleros y delincuentes, emblemas, lemas, e incluso el mismo “narcoturismo” y las expresiones culturales asociadas a la criminalidad, al narcotráfico y al terrorismo deberían ser penalizadas, por constituir formas disfrazadas, en muchos casos, de apología a la violencia, al odio, al resentimiento social y al delito.
Hay quienes rinden culto a la memoria del capo narcotraficante rionegrero del siglo pasado. Utilizan su imagen impresa de forma impávida en camisetas, calcomanías para carros y cuanta indumentaria haya. Incluso hay visitantes extranjeros que hacen recorridos por los lugares que el narco frecuentó para peregrinar a su tumba, sin importar los cientos de víctimas de los atentados terroristas que promovió y, los ríos de sangre y dolor que dejó. Ninguna de estas prácticas debería ser permitida y menos, públicamente, “romantizar” los pérfidos pasos de narcos, guerrilleros y paramilitares ¿Desde cuándo quienes subvierten la Constitución y el orden público son dignos de apología y mercantilización?
La ley también debe prohibir que las instituciones y espacios públicos lleven el nombre de quienes violentaron la ley y atentaron contra la ciudadanía. Ningún establecimiento educativo debería permitir grafitis con alusiones al odio y a bandidos. Lamentablemente, existen símbolos y signos de odio y resentimiento que, terminan por ser normalizados entre las comunidades académicas y la ciudadanía bajo la errónea interpretación de lo que se entiende por el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la libertad de expresión.
El nuevo Congreso, próximo a posesionarse, debe abocar esta materia con el apoyo del nuevo Gobierno. Las libertades como todos los derechos tienen límites; corresponde al legislador fijarlos, particularmente, en lo que atañe al uso de símbolos y signos de odio. El único derecho absoluto es la libertad de conciencia que constituye ejercicio del fuero interno.